El Tribunal General de la UE desestima el recurso de Nord Stream 2 AG contra la Directiva del mercado del gas natural

29/11/2024

El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado el recurso presentado por Nord Stream 2 AG, filial suiza de Gazprom, contra una directiva que amplía las regulaciones del mercado interior del gas natural a gasoductos provenientes de terceros países.

Contexto normativo | Mercado interior del gas

En abril de 2019, la Unión Europea modificó la Directiva sobre el gas para asegurar que las normas aplicables a los gasoductos que conectan múltiples Estados miembros también se extendieran a aquellos con origen o destino en países terceros. Estas regulaciones incluyen la separación de las actividades de transporte, producción y suministro, así como el acceso de terceros a las redes de transporte. Sin embargo, los gasoductos entre un Estado miembro y un tercer país finalizados antes del 23 de mayo de 2019 podían beneficiarse de exenciones específicas otorgadas por el Estado miembro correspondiente.

El Tribunal General confirmó su desestimación original

Nord Stream 2 AG impugnó esta directiva ante el Tribunal General, que inicialmente desestimó su recurso en mayo de 2020. Tras una apelación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, este declaró parcialmente admisible el recurso de Nord Stream 2 AG en julio de 2022, anulando la decisión del Tribunal General y devolviendo el caso para un nuevo análisis. Finalmente, el Tribunal General confirmó su desestimación original.

El tribunal argumentó que Nord Stream 2 AG había invertido en el proyecto con conocimiento de que las normas de la Unión se aplicarían al gasoducto. Además, consideró que la imposibilidad de acceder a la exención no afectaba la viabilidad económica del proyecto ni impedía obtener un rendimiento adecuado de las inversiones realizadas.

Asimismo, el Tribunal determinó que no se vulneraron los principios de seguridad jurídica ni de confianza legítima, ya que las condiciones para las exenciones estaban claramente establecidas. También concluyó que no existía discriminación en el trato, dado que los gasoductos en situaciones diferentes merecían regulaciones diferenciadas. Finalmente, el tribunal consideró que la aplicación de las normas del mercado interior era proporcional y adecuada para prevenir distorsiones competitivas y garantizar la seguridad del suministro energético.

Uniformidad del mercado interior del gas

Con esta sentencia, se reafirma la aplicación uniforme de las normativas de la UE sobre el mercado del gas, incluso en proyectos de gran envergadura como Nord Stream 2, subrayando la importancia de mantener una competencia leal y asegurar el suministro energético dentro de la Unión Europea.