El Juzgado de Gijón desestima demanda contra Vodafone por inclusión en registro de morosidad tras comprobar deuda de 572,62 euros
El Tribunal ha desestimado la demanda presentada por el Sr. Oscar contra Vodafone Servicios, S.L.U., en la que se reclamaba una indemnización por daños y perjuicios derivados de una supuesta intromisión ilegítima en su derecho al honor y la vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. El fundamento principal de la reclamación era la inclusión indebida del demandante en el fichero de morosos Asnef, gestionado por Equifax Ibérica, S.L.
Inclusión en un fichero de morosos
El Sr. Oscar sostuvo que Vodafone había cedido sus datos a Equifax Ibérica sin cumplir con la normativa de protección de datos, resultando en su inclusión en Asnef por una deuda de 572,62 euros desde el 19 de marzo de 2022. Argumentó que esta acción constituyó una intromisión ilegítima en su derecho al honor, causándole daños morales.
Análisis Jurídico
El Tribunal, basándose en doctrina jurisprudencial consolidada, evaluó la legalidad de la cesión de datos por parte de Vodafone. Se destacó la relevancia de la normativa europea y española en materia de protección de datos, incluyendo el Convenio 108 del Consejo de Europa y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Para determinar la licitud de la inclusión en Asnef, el Tribunal examinó si Vodafone había cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la LOPD, que incluyen la certeza y exigibilidad de la deuda, y la adecuada información al afectado sobre la posible inclusión en ficheros de morosos. Se comprobó que existía una relación contractual válida entre el demandante y Vodafone, respaldada por documentos que demostraban la deuda y la falta de pago de varias facturas.
Requerimiento previo de pago
El Tribunal evaluó si Vodafone había realizado los requerimientos previos de pago conforme a la normativa vigente. Se determinó que Vodafone envió dos requerimientos de pago al Sr. Oscar antes de su inclusión en Asnef, cumpliendo con los requisitos legales de información y notificación. Además, la dirección utilizada para los envíos era la correcta y no existieron indicios de que las comunicaciones no hubieran sido recibidas.
La inclusión en un listado de morosos por el impago de cuatro facturas no vulnera el derecho al honor
Se concluyó que la inclusión del Sr. Oscar en Asnef no vulneró su derecho al honor, ya que Vodafone actuó conforme a la legislación de protección de datos, garantizando que la información cedida era veraz, pertinente y conforme a la normativa aplicable. La deuda era cierta, vencida y exigible, y Vodafone había informado adecuadamente al demandante sobre la posibilidad de inclusión en ficheros de morosos.
Conclusión | Desestimada la indemnización por la inclusión en un fichero de morosos
El Tribunal desestimó la demanda del Sr. Oscar, concluyendo que Vodafone Servicios, S.L.U. había cumplido con todas las normativas de protección de datos y procedimientos legales necesarios para la inclusión del demandante en el fichero Asnef. Así, no se comprobó una intromisión ilegítima en su derecho al honor, reafirmando la legalidad de las acciones de Vodafone en este caso.
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