El TJUE redefine la compensación justa para familiares de homicidios

08/11/2024

Nuevo fallo del TJUE sobre indemnización a familiares de víctimas de homicidio

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido criterios para que los Estados miembros de la Unión Europea ajusten sus sistemas de indemnización a familiares de víctimas de homicidio. En un reciente fallo, el TJUE ha recordado a los Estados la obligación de implementar compensaciones que incluyan a todos los familiares afectados por el delito, en línea con lo dispuesto en la Directiva 2004/80, que regula la indemnización a las víctimas de delitos violentos en la UE.

El caso en cuestión surgió en Italia, donde el Estado asumió la responsabilidad de compensar a los hijos y al ex cónyuge de una víctima de homicidio, pero excluyó de esta indemnización a otros familiares cercanos, como los padres y hermanos. Esta exclusión se basaba en una normativa nacional que prioriza a algunos familiares por sobre otros, lo que motivó una consulta al TJUE sobre la conformidad de esta práctica con el marco legal europeo.

Consulta prejudicial: criterios de indemnización para familiares

El Tribunal Ordinario de Venecia presentó una consulta al TJUE para aclarar si la normativa italiana, que limita las indemnizaciones únicamente a ciertos familiares, se ajusta a los principios de la Directiva 2004/80. En su fallo, el TJUE ha subrayado que los Estados miembros deben implementar sistemas de compensación que no discriminen automáticamente a familiares cercanos por su relación con la víctima, sino que contemplen las circunstancias individuales de cada uno.

El TJUE determinó que excluir a familiares como padres o hermanos, simplemente porque existan cónyuge e hijos, no asegura una compensación "justa y adecuada", como lo exige el artículo 12, apartado 2, de la Directiva. El Tribunal enfatiza que los Estados deben valorar el impacto real del delito en todos los familiares cercanos, evaluando el sufrimiento material y moral de forma equitativa y no solo en función de la relación directa o inmediata con la víctima.

Indemnización justa y adecuada: concepto y alcance

Este fallo reafirma el concepto de "indemnización justa y adecuada", estableciendo que el impacto del crimen sobre los familiares debe ser evaluado de manera amplia. Para el TJUE, limitar las indemnizaciones a unos pocos familiares directos, sin considerar el daño sufrido por otros parientes cercanos, no cumple con el espíritu de la Directiva 2004/80. La sentencia puntualiza que los Estados deben evitar que la indemnización se convierta en un acto meramente simbólico, asegurando una reparación real y suficiente para aquellos que padecen las secuelas del crimen.

En esta línea, el Tribunal insiste en que, cuando el autor de un delito no puede asumir la indemnización, es el Estado quien debe intervenir para cubrir de manera inclusiva a todos los familiares cercanos que hayan sido afectados. Con esta interpretación, el TJUE destaca la importancia de garantizar un respaldo económico y emocional adecuado a los familiares de las víctimas, sin discriminaciones basadas únicamente en el tipo de vínculo familiar.