Tribunal Supremo aplica proporcionalidad en condena por falsificación de documentos

31/10/2024

Condena por falsificar recetas reducida al no existir delito continuado

El Tribunal Supremo, en su Sentencia 847/2024 de 10 de octubre, ha reducido la condena a un año de prisión y multa de 1.800 euros impuesta a un hombre en Ciudad Real por falsificar tres recetas médicas en un solo día. La decisión del alto tribunal elimina la calificación de "delito continuado", argumentando que la falsificación múltiple, en este caso, fue ejecutada en una única ocasión, sin la repetición temporal requerida para aplicar esta figura delictiva, conforme a lo previsto en el artículo 74 del Código Penal.

Inicialmente, el acusado había sido condenado a dos años de prisión y una multa equivalente a diez meses con cuotas de seis euros diarios. Este ajuste en la condena refleja una interpretación más estricta de la continuidad delictiva en el delito de falsedad documental, tal y como establece la doctrina jurisprudencial en situaciones donde los hechos se desarrollan en un solo acto.

Falsificación documental y obtención de medicamento sin receta

El caso se remonta a la falsificación de tres recetas médicas en las que el acusado utilizó un sello oficial del Hospital Universitario de Ciudad Real y falsificó la firma de una doctora para adquirir un medicamento que incrementa los niveles de testosterona. Este medicamento, conocido como TexTex Prolongtum, fue obtenido en distintas farmacias de Puertollano mediante la presentación de recetas que aparentaban ser legítimas.

El uso indebido de documentos, en este caso recetas médicas, configura el delito de falsedad documental en el Código Penal, artículos 392 y 390. El acusado fue sentenciado inicialmente en el Juzgado de lo Penal número 3 de Ciudad Real y, posteriormente, la Audiencia Provincial confirmó la sentencia. Sin embargo, al presentar recurso de casación, el condenado logró que el Supremo revisara la calificación del delito en relación a la continuidad de la acción.

Recurso de casación: alegatos y revisión de la pena

En su recurso ante el Supremo, el acusado planteó varios puntos controvertidos, argumentando, entre otros aspectos:

  1. Infracción de derechos fundamentales: Alegó una vulneración de su presunción de inocencia, argumentando que no se había probado de forma concluyente su implicación directa en la falsificación de las recetas, cuestionando el valor probatorio del informe pericial y los testimonios de testigos.

  2. Proporcionalidad de la pena: El condenado también cuestionó que la pena inicial de dos años de prisión resultaba excesiva, dado que el coste de los medicamentos obtenidos con las recetas fraudulentas ascendía solo a quince euros y que carecía de antecedentes penales.

  3. Continuidad delictiva: Finalmente, su recurso se basó en la interpretación de la continuidad delictiva. Alegó que la simultaneidad de las falsificaciones no cumplía con los requisitos temporales que definen un delito continuado, como lo estipula el artículo 74 del Código Penal.

El Tribunal Supremo aceptó este último argumento al considerar que, al falsificar todas las recetas el mismo día, no existía una continuidad delictiva en sentido estricto. Esta interpretación permitió reducir la pena de prisión a un año, al eliminar la agravante del delito continuado, manteniendo la condena de falsedad documental.

Relevancia de la sentencia en la aplicación del delito continuado

La decisión del Supremo sienta un precedente relevante para casos de falsificación documental en los que las acciones fraudulentas no se extienden en el tiempo. Con este fallo, el Tribunal establece que la aplicación de la figura del delito continuado debe reservarse para aquellos casos en los que las falsificaciones se desarrollan como una serie de actos independientes y en momentos distintos, lo cual no ocurrió en esta causa.

Este enfoque limita la interpretación de la continuidad delictiva en el Código Penal, indicando que una acción aislada, aunque múltiple, no es suficiente para aplicar esta agravante. La sentencia es, por tanto, significativa en el ámbito penal, ya que puede influir en la manera en que se abordan futuros casos de falsificación donde se alegue continuidad.

Implicaciones para el derecho penal y la proporcionalidad en las condenas

La reducción de la condena también subraya la importancia de la proporcionalidad en el sistema de justicia penal. En este caso, el Supremo consideró que el acto delictivo, aunque probado, no justificaba una pena de dos años de prisión, atendiendo tanto al coste mínimo del medicamento implicado como a la falta de antecedentes del acusado. Este criterio refuerza el principio de proporcionalidad en el derecho penal español, orientando hacia sanciones que reflejen de manera justa el impacto real del delito.