El Tribunal Supremo declara ilegal el tramo autonómico del impuesto sobre los carburantes
Ilegalidad del tramo autonómico del impuesto sobre los carburantes
En septiembre de 2024, el Tribunal Supremo emitió tres sentencias que declaran ilegal el tramo autonómico del Impuesto sobre los Carburantes. La sentencia 1470/2024, de 20 de septiembre, establece que el Derecho de la Unión Europea prohíbe la aplicación de tipos impositivos autonómicos sobre hidrocarburos, otorgando a los contribuyentes afectados el derecho a reclamar la devolución de los impuestos pagados indebidamente.
Contexto legal y normativo
La Ley 38/1992, vigente entre 2013 y 2018, permitió a las Comunidades Autónomas fijar tipos impositivos diferenciados para los carburantes según la región de consumo. No obstante, surgieron discrepancias sobre su compatibilidad con la Directiva 2003/96/CE de la UE, que regula el régimen comunitario de imposición de productos energéticos y electricidad. Ante estas dudas, el Tribunal Supremo interpuso una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En la sentencia DISA, C-743/2022, de 30 de mayo de 2024, el TJUE determinó que no es permisible establecer tipos impositivos diferenciados por territorio autonómico.
Derechos de los contribuyentes a la devolución de impuestos
El Tribunal Supremo confirmó que los contribuyentes pueden solicitar la devolución de los impuestos indebidos mediante la rectificación de sus autoliquidaciones. En la sentencia 1524/2024, de 30 de septiembre, se especificó que la responsabilidad de la devolución recae en la comunidad autónoma donde se realizó el ingreso del tributo, incluso si no fue la destinataria final de los fondos, sin afectar los ajustes internos entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
Traslación del impuesto y reclamaciones
Además, el Tribunal resolvió que la traslación directa del impuesto al precio final del carburante no faculta a los compradores a solicitar la devolución del impuesto ilegal. Sin embargo, los contribuyentes que no puedan demostrar que el impuesto no fue trasladado económicamente a los clientes tienen derecho a la devolución.
Revisión de sentencias y procedimientos de devolución
El Tribunal Supremo también anuló una sentencia anterior por complicar excesivamente la devolución de los impuestos, ordenando la retroacción de las actuaciones para que la Sala de instancia evalúe aspectos como la prescripción, la cuantía de los importes y la traslación directa del tributo. La Administración tributaria deberá reembolsar las cantidades correspondientes tras verificar las autoliquidaciones y asegurar que no se hayan realizado devoluciones previas.
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