Studio Ghibli enfrenta restricciones en la comercialización de productos de moda en Europa
Resolución de la EUIPO: Studio Ghibli y el conflicto de marca en el mercado de moda europeo.
El conflicto marcario y su relevancia en la UE
La reciente resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), emitido el 19 de septiembre de 2024, ha puesto de relieve un caso emblemático de conflicto de marcas dentro del sector de la moda. Studio Ghibli, el reconocido estudio de animación japonés, ha sido bloqueado en su intento de comercializar productos de moda bajo su marca en la Unión Europea. Esta prohibición ha sido motivada por la oposición presentada por la firma italiana Ghibli S.R.L., que opera en el mercado de la moda con una marca previamente registrada. La EUIPO ha considerado que la coexistencia de ambas marcas podría confundir a los consumidores, especialmente debido a la coincidencia del nombre "Ghibli" y la superposición en las categorías de productos.
Este caso subraya la importancia del Reglamento de Marcas de la Unión Europea (Reglamento (UE) 2017/1001), que garantiza la protección de las marcas previamente registradas cuando existe riesgo de confusión entre los consumidores. De acuerdo con este reglamento, la marca que se registra primero tiene prioridad, especialmente en situaciones donde las marcas comparten similitudes fonéticas o visuales, y los productos o servicios ofrecidos están relacionados o son idénticos.
El problema de la similitud entre las marcas
La EUIPO determinó que Studio Ghibli no podía seguir utilizando su marca para productos de moda, incluidos complementos como bolsos (clase 18) y ropa (clase 25), dado que Ghibli S.R.L. ya había registrado su marca en esas mismas clases. Aunque Studio Ghibli argumentó que su marca está asociada al icónico personaje Totoro, la EUIPO concluyó que el nivel de distintividad de este personaje no es suficiente en el sector de la moda como para evitar la confusión con los productos de Ghibli S.R.L.
El análisis de la EUIPO se centró en la percepción del consumidor promedio de la Unión Europea, concluyendo que es probable que un comprador confunda los productos de ambas empresas, pensando que provienen de la misma entidad. Este criterio de confusión se basa en la doctrina legal de la "función de origen" de las marcas, que tiene como objetivo proteger al consumidor frente a errores sobre el origen empresarial de los productos que adquiere. La coincidencia de nombres y la similitud de productos en este caso generaba un riesgo claro.
Implicaciones para la expansión de Studio Ghibli en Europa
La decisión de la EUIPO impone una barrera considerable para la expansión de Studio Ghibli en el mercado europeo de la moda, un sector que había identificado como estratégico para diversificar su marca más allá de las producciones cinematográficas. A pesar de que la resolución se limita a las clases 18 y 25, esta decisión afecta negativamente la capacidad de Studio Ghibli para explotar su marca en una categoría de productos donde había encontrado cierto éxito en otros mercados.
Es importante destacar que la resolución de la EUIPO no afecta a otros sectores donde Studio Ghibli tiene registros de marca en Europa, como juguetes, videojuegos y productos relacionados con su contenido audiovisual. Sin embargo, la entrada en el mercado de moda queda, al menos por ahora, bloqueada.
Studio Ghibli tiene la posibilidad de apelar la decisión de la EUIPO dentro del plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución. Si el estudio decide recurrir, deberá presentar pruebas convincentes de que no existe un riesgo de confusión entre las dos marcas, posiblemente argumentando la gran notoriedad de su marca en el ámbito cinematográfico y el valor distintivo de Totoro.
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