El Tribunal Supremo revoca la desheredación de una hija abandonada por su padre

25/06/2024

 

El Tribunal Supremo revoca la desheredación injusta de una hija

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha tomado la decisión al anular la desheredación de una hija, argumentando que no hubo maltrato psicológico hacia su padre, quien la abandonó durante su niñez.

El alto tribunal ha subrayado que "no es la hija quien rompió el vínculo afectivo o sentimental, sino que tal vínculo no ha existido desde su niñez". Este vínculo se rompió cuando ella tenía siete años, debido a la separación de los progenitores, y desde entonces, no hubo contacto ni relación.

Justificación insuficiente

El padre alegó maltrato de obra basándose en la falta de afecto y atención de su hija. Además, argumentó que ella no lo atendió durante su enfermedad, considerándolo un claro abandono. Sin embargo, la Sala concluyó que no hubo tal maltrato y que el verdadero abandono fue por parte del padre, quien en testamentos anteriores incluso negó tener descendencia.

La sentencia destaca que las declaraciones de testigos indicaron que nadie conocía la existencia de la hija, lo que refuerza la falta de interés del padre en mantener una relación con ella. Este desinterés y abandono desde la niñez fueron determinantes en la decisión del tribunal.

La decisión del Tribunal Supremo se ampara en el artículo 851 del Código Civil, que establece que "la desheredación hecha sin expresión de causa, o por causa cuya certeza, si fuere contradicha, no se probare, o que no sea una de las señaladas en los cuatro siguientes artículos, anulará la institución de heredero en cuanto perjudique al desheredado". Este artículo asegura que las desheredaciones injustificadas no perjudiquen los derechos legítimos de los descendientes.

Reconocimiento de derechos

Así, establece que «no podemos aceptar que el daño o sufrimiento que ello pudiera reportar al padre sea imputable a un comportamiento reprobable e injustificado de la hija». El padre, tras haber abandonado a su hija en su niñez, no puede reprocharle la falta de afecto y contacto en sus últimos años de vida. Esta sentencia no solo anula la desheredación, sino que también reconoce el derecho de la hija a la legítima.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo no solo anula la desheredación sino que también reconoce el derecho de la hija a la legítima, subrayando que el sufrimiento del padre no puede ser imputable a la hija. Esta decisión establece un precedente importante en el ámbito del derecho familiar, protegiendo los derechos de los hijos en situaciones de abandono.