El Supremo rompió las condiciones de igualdad en una promoción fiscal, según el TC
El Pleno del Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo al fiscal Eduardo Esteban Rincón y ha anulado dos sentencias del Tribunal Supremo que habían dejado sin efecto su nombramiento como fiscal de sala de menores. El TC considera que dichas resoluciones judiciales vulneraron su derecho fundamental a la promoción profesional en condiciones de igualdad, conforme al artículo 23.2 de la Constitución Española.
Nombramiento como fiscal de sala y recurso ante el Supremo
La Fiscal General del Estado propuso al fiscal Eduardo Esteban para ocupar una plaza de fiscal de sala coordinador del área de menores. Esta designación suponía su ascenso a la máxima categoría de la carrera fiscal y fue avalada por el Consejo de Ministros. Sin embargo, tanto la Asociación de Fiscales como otro candidato impugnaron la resolución.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimó ambos recursos, anulando el nombramiento en sendas sentencias de 18 y 22 de julio de 2023. A juicio del Supremo, el fiscal seleccionado no era el más especializado en materia de menores, criterio que consideró determinante para cubrir la plaza.
El TC declara vulnerado el derecho a las condiciones de igualdad
Discrecionalidad sí, pero con base constitucional
El Tribunal Constitucional ha concluido que las sentencias impugnadas infringieron el derecho del recurrente a acceder a funciones públicas en condiciones de igualdad. Recordó que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal solo exige para el nombramiento pertenecer a la segunda categoría y contar con 20 años de antigüedad (art. 37.1 EOMF).
Dentro de ese marco legal, la Fiscal General del Estado goza de un margen de discrecionalidad para valorar otros méritos, siempre respetando los principios de mérito, capacidad y, especialmente, igualdad de condiciones entre los aspirantes.
El Supremo impuso un criterio no previsto en la ley
Especialización como mérito excluyente
La propuesta de la Fiscal General valoraba especialmente la trayectoria organizativa del candidato, su experiencia como fiscal jefe en Madrid —coordinando las mayores secciones de menores del país—, así como su perfil institucional y constitucional, al ser fiscal ante el Tribunal Constitucional.
Sin embargo, el Tribunal Supremo centró su análisis exclusivamente en la especialización del candidato en menores. Al convertir este factor en el único criterio determinante, sin respaldo normativo, el alto tribunal dejó de valorar el resto de méritos aportados por el recurrente y alteró el régimen legal de nombramiento, impidiendo que compitiera en condiciones de igualdad.
Efectos de la sentencia del TC
Restitución de la categoría, pero no de la plaza concreta
La sentencia del Tribunal Constitucional reconoce el derecho del fiscal Eduardo Esteban a ser promovido a la categoría de fiscal de sala. No obstante, no afecta al nombramiento posterior de otro fiscal en la plaza concreta de coordinación de menores, que fue adjudicada en un nuevo concurso.
Así, se restituye su carrera profesional sin interferir en derechos adquiridos por terceros.
Opiniones discrepantes en el Tribunal Constitucional
Votos particulares y abstenciones
Cuatro magistrados —Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera y José María Macías Castaño— han anunciado votos particulares. Además, se abstuvieron el presidente Cándido Conde-Pumpido Tourón y el magistrado César Tolosa Tribiño.
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