Tribunal Constitucional ordena una investigación efectiva en caso de muerte sospechosa
Una sentencia que refuerza la protección del derecho a la vida
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, con ponencia del magistrado Ramón Sáez Valcárcel, ha estimado por unanimidad el recurso de amparo presentado por la madre de un joven con discapacidad intelectual que apareció muerto en el mar tras haber sido denunciada su desaparición. El fallo declara vulnerados los derechos a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y a la vida (art. 15 CE), por la falta de una investigación judicial suficiente y eficaz.
La resolución anula los autos dictados por el Juzgado de Instrucción nº 7 de Figueres y la Audiencia Provincial de Girona, al considerar que las diligencias practicadas fueron insuficientes para esclarecer las circunstancias de la muerte. Según el Tribunal, las autoridades judiciales incumplieron el deber de actuar de oficio y con la celeridad que exige el Convenio Europeo de Derechos Humanos (arts. 2 y 6) en los casos de muertes potencialmente sospechosas.
El contexto de la desaparición y las deficiencias procesales
El hijo de la recurrente, de 29 años, desapareció en diciembre de 2020 sin dinero ni documentación. Los Mossos d’Esquadra iniciaron una investigación y solicitaron la intervención telefónica y geolocalización del móvil del desaparecido, diligencias denegadas por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Figueres. Paralelamente, la Guardia Civil halló un cadáver en el mar, vestido parcialmente y con heridas atribuibles al contacto con rocas y fauna marina.
Tras varios meses, el cuerpo fue identificado como el del joven desaparecido. La familia solicitó nuevas diligencias para esclarecer la causa del fallecimiento, pero tanto el juzgado como la Audiencia Provincial rechazaron la petición al entender que no existían indicios de violencia ni de una desaparición involuntaria.
El Tribunal Constitucional, sin embargo, sostiene que el conjunto de circunstancias —desaparición previa, lesiones en el cuerpo e imposibilidad de determinar la causa de la muerte— debía haber motivado una actuación más exhaustiva y dirigida a descartar toda hipótesis delictiva.
Implicaciones jurídicas y sociales del fallo
El Tribunal reitera que esta obligación es de medios y no de resultados, pero exige una actuación diligente, proactiva y basada en la razonabilidad de las circunstancias.
La decisión del Constitucional implica la anulación de los autos impugnados y la retroacción de actuaciones, reforzando la doctrina sobre la protección judicial del derecho a la vida y el acceso a la jurisdicción penal.
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