El TC confirma la constitucionalidad de la prórroga temporal de la suspensión de desahucios del Real Decreto-ley 16/2021

24/01/2024

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado, por mayoría, el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de cincuenta diputados del Congreso contra el Real Decreto-ley 16/2021. Este recurso cuestionaba la prórroga temporal de la suspensión de desahucios y lanzamientos a personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional, prevista del 4 de agosto al 31 de octubre de 2021.

Requisitos del artículo 86.1 de la Constitución

Los diputados recurrentes argumentaron que la prórroga incumplía los requisitos del artículo 86.1 de la Constitución Española para la utilización del decreto-ley, afectaba al derecho de propiedad (artículo 33 CE), y contravenía el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE). Específicamente, criticaban que se extendiera la posibilidad de suspensión de lanzamientos penales a personas vulnerables económicamente, algo que consideraban fuera del alcance de los poderes del Gobierno para decretar mediante un decreto-ley.

Pertinencia del recurso

La sentencia, redactada por el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, aborda inicialmente la pertinencia del recurso, dada la derogación expresa de la norma. Concluye que se pierde objeto respecto de las alegaciones ligadas al derecho de propiedad y a la tutela judicial efectiva. Sin embargo, en cuanto al presupuesto habilitante exigido por el art. 86.1 CE, la sentencia sostiene que el Gobierno justificó adecuadamente la necesidad urgente de la medida, dada la continuación de la crisis sanitaria, económica y social por la pandemia.

El TC descarta que la prórroga temporal de estas suspensiones constituya una vulneración de los límites materiales del decreto-ley en relación con el derecho de propiedad. Se considera que la medida es limitada en su ámbito de aplicación y no afecta al contenido esencial del derecho de propiedad. Además, se argumenta que la medida persigue una finalidad de interés social y su impacto en el derecho de propiedad es mínimo y temporal.

la sentencia cuenta con un voto particular

La sentencia cuenta con el voto particular de los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera y César Tolosa Tribiño, quienes discrepan de la mayoría. Argumentan que el Gobierno no proporcionó una justificación "explícita y razonada" de la situación de "extraordinaria y urgente necesidad" y que la suspensión de lanzamientos penales afecta al derecho constitucional de propiedad. Además, critican que la sucesión de prórrogas ha transformado una intervención temporal y excepcional en una regulación general e indefinida del derecho de propiedad, algo que va más allá del alcance permitido para los decretos-leyes del Gobierno.