El Supremo niega abuso de posición dominante en sanciones tributarias

15/09/2025

El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha rechazado un recurso de revisión presentado contra una sentencia firme que confirmaba liquidaciones y sanciones de IVA correspondientes a los ejercicios 2010 y 2011. El Alto Tribunal insiste en el carácter excepcional de este recurso y concluye que no se produjo fraude procesal ni abuso de posición dominante por parte de la Agencia Tributaria.

Sanciones por IVA y facturación simulada

La Agencia Tributaria sancionó a la empresa recurrente al detectar deducciones indebidas de cuotas de IVA soportado mediante facturas que no correspondían a operaciones reales. Para el Tribunal Supremo, existió culpabilidad en el uso de facturación falsa, motivo suficiente para mantener la validez de las sanciones tributarias impuestas.

Recurso de revisión: naturaleza extraordinaria

El recurso de revisión no constituye una segunda instancia. Solo procede en dos supuestos:

  • Cuando aparecen documentos recobrados con carácter decisivo.
  • Cuando se demuestra una maquinación fraudulenta en el procedimiento original.

En este caso, las nuevas facturas aportadas por la empresa no fueron admitidas como determinantes porque:

  • No se justificó la imposibilidad de haberlas presentado en el proceso inicial.
  • Uno de los proveedores estaba condenado penalmente por falsedad y delitos fiscales.
  • Las contradicciones con otras resoluciones fueron consecuencia de defectos administrativos, no de las pruebas aportadas.

Abuso de posición dominante: rechazo del argumento

La parte recurrente alegó que la AEAT había incurrido en abuso de posición dominante, actuando de forma arbitraria y limitando su derecho de defensa. El Tribunal Supremo rechazó de plano esta acusación.

Para apreciar abuso de posición dominante en materia tributaria, es necesario que la Administración ejerza su poder de manera desproporcionada o con intención de perjudicar al contribuyente. En este procedimiento, la AEAT actuó conforme a la normativa y sin extralimitaciones, por lo que no se acreditó ningún abuso de posición dominante.

Fallo del Tribunal Supremo

El Alto Tribunal desestimó íntegramente el recurso, impuso las costas procesales a la parte recurrente con un límite máximo de 3.000 euros más IVA y confirmó la pérdida del depósito constituido. La sentencia ratifica las sanciones tributarias impuestas y descarta definitivamente la existencia de abuso de posición dominante por parte de la Administración.