Filiación no matrimonial: acción caducada por falta de posesión de estado
El Tribunal Supremo ratifica la caducidad de una reclamación de paternidad sin vínculo afectivo
Acción de filiación no matrimonial fuera de plazo
El Tribunal Supremo ha confirmado la desestimación de una demanda de filiación no matrimonial al apreciar la caducidad de la acción ejercitada por el presunto padre de un menor nacido en 2017. La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el demandante, ratificando las resoluciones dictadas en primera y segunda instancia.
El origen del litigio se encuentra en la solicitud de reconocimiento judicial de la paternidad sin que existiera posesión de estado entre el hombre y el menor, lo que activaba el plazo de cuatro años previsto en el artículo 133.2 del Código Civil. Dicho plazo ya había transcurrido al momento de la demanda.
Filiación no matrimonial y ausencia de relación
Las resoluciones judiciales anteriores consideraron que no existía entre el menor y el demandante relación alguna de trato, convivencia o reconocimiento social. Por tanto, no se daban los elementos de tractatus ni reputatio, esenciales para entender que existía posesión de estado en una relación de filiación no matrimonial.
El demandante alegó que no pudo mantener contacto con el menor debido a la actitud obstructiva de la madre y solicitó la práctica de una prueba biológica. Además, invocó el interés superior del menor como fundamento para permitir la acción pese al vencimiento del plazo.
El interés del menor no justifica vulnerar la caducidad
El Tribunal Supremo rechazó todos los motivos del recurso. En su argumentación, señaló que la negativa a practicar la prueba biológica no era la causa de la desestimación, sino la caducidad legal de la acción de filiación no matrimonial.
También subrayó que el menor no quedó desprotegido en el proceso, ya que intervino el Ministerio Fiscal como garante de su interés. Por tanto, no se produjo indefensión material.
Desde una perspectiva jurídica, el Supremo recordó que el interés superior del menor no permite inaplicar los plazos de caducidad establecidos legalmente, ni puede convertirse en una vía para eludir las consecuencias del incumplimiento procesal.
Fallo del Tribunal Supremo
La sentencia concluye confirmando la apreciación de la caducidad de la acción de filiación no matrimonial, desestima el recurso de casación y condena en costas al recurrente. De este modo, se consolida la jurisprudencia que exige el cumplimiento estricto de los requisitos temporales cuando no hay posesión de estado.
© 2025 All rights reserved