Fenomenología de los delitos sexuales: clave en la condena por abuso continuado
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación y confirma una pena de doce años de prisión
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de doce años de prisión impuesta a un hombre por un delito continuado de abuso sexual a menor de edad, tras desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa. El fallo, que incluye además medidas de alejamiento, libertad vigilada e indemnización por daños morales, se apoya en la aplicación de la fenomenología de los delitos sexuales como criterio interpretativo esencial para valorar el testimonio de la víctima.
Hechos probados
Retraso en la revelación del abuso
Según los hechos probados, los abusos se produjeron de forma reiterada durante varios años en el entorno familiar cercano. La víctima no denunció los hechos hasta pasados varios años, cuando comenzó un proceso de atención psicológica. Su testimonio fue calificado como coherente, persistente y libre de contradicciones relevantes. Además, se acompañó de informes clínicos que evidencian un cuadro de estrés postraumático.
La defensa centró su recurso en el retraso de la denuncia, argumentando que ello debilitaba la credibilidad del relato. Sin embargo, el Tribunal Supremo desestimó esta tesis, apoyándose en los fundamentos de la fenomenología de los delitos sexuales.
Aplicación de la fenomenología de los delitos sexuales
Comprensión judicial del silencio de la víctima
El Tribunal explica que la fenomenología de los delitos sexuales permite entender las razones por las cuales muchas víctimas, especialmente menores, tardan en revelar los hechos sufridos. Entre estas causas se encuentran:
El sentimiento de culpa o vergüenza.
El miedo a no ser creída o a represalias.
La dificultad para identificar como abusivas determinadas conductas.
A juicio del Supremo, estos factores justifican el retraso en la denuncia y no suponen motivo suficiente para desacreditar el testimonio de la víctima, sobre todo cuando se encuentra respaldado por prueba pericial y médica objetiva.
Valoración de la prueba
Conjunto probatorio racional y suficiente
El fallo afirma que los órganos judiciales de instancia y apelación valoraron correctamente la prueba, conforme a los principios de lógica y experiencia. Se tuvieron en cuenta:
El testimonio directo de la menor.
La corroboración por parte de familiares cercanos.
Los informes periciales que descartan simulación o fabulación.
La fenomenología de los delitos sexuales se utilizó como marco de análisis para comprender el comportamiento de la víctima y sustentar la credibilidad de su relato.
Fallo del Tribunal Supremo
Condena firme y costas al recurrente
Desde el punto de vista jurídico, el Tribunal descarta la existencia de vulneración del derecho a la presunción de inocencia y considera que la sentencia impugnada está debidamente motivada. Asimismo, rechaza aplicar una ley penal posterior más favorable al no resultar más beneficiosa.
En consecuencia, se desestima el recurso de casación, se confirma íntegramente la condena y se imponen las costas al recurrente. La sentencia reafirma la línea jurisprudencial que reconoce la validez del testimonio de las víctimas cuando se analiza a través de la fenomenología de los delitos sexuales.
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