Guardia Civil condenado por delito de acusación y denuncia falsa

02/06/2025

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a un Sargento Primero de la Guardia Civil por un delito de acusación y denuncia falsa, tras presentar una denuncia infundada contra un superior jerárquico. La resolución rechaza los dos motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado y ratifica íntegramente la sentencia de instancia.

Hechos probados

Delito de acusación y denuncia falsa en el entorno castrense

El origen del procedimiento se sitúa en la denuncia formulada por el Sargento contra un mando superior, en la que le atribuía una serie de hechos que no se acreditaron durante la instrucción. El tribunal de instancia concluyó que el acusado actuó con conocimiento de la falsedad o con desprecio temerario hacia la verdad, elementos configuradores del delito de acusación y denuncia falsa, recogido en el artículo 456.1 del Código Penal.

Como consecuencia, fue condenado a una pena de multa y al pago de una indemnización por los daños causados.

El condenado interpuso recurso extraordinario por interés casacional, alegando dos motivos: la vulneración del principio acusatorio y del derecho a un proceso con todas las garantías, y la infracción del derecho fundamental a la presunción de inocencia.

Principio acusatorio

No hay introducción de hechos nuevos

El recurrente sostenía que la sentencia había alterado los hechos incluidos en el escrito de acusación, quebrantando el principio acusatorio previsto en el artículo 24 de la Constitución Española.

Sin embargo, el Tribunal Supremo reitera su doctrina sobre la congruencia entre la acusación y el fallo, afirmando que:

"La sentencia puede desarrollar o precisar los hechos imputados, siempre que no se modifique su núcleo esencial ni se añadan elementos que alteren la calificación jurídica".

Tras analizar el caso, la Sala concluye que no se incorporaron hechos nuevos ni sustancialmente distintos. La conducta denunciada, el contexto de la misma y su tipificación como delito de acusación y denuncia falsa permanecieron dentro del marco establecido por la acusación. Por tanto, no se produjo indefensión ni se vulneró el principio acusatorio.

Presunción de inocencia

Existencia de prueba de cargo suficiente

El segundo motivo del recurso alegaba la inexistencia de prueba suficiente para sustentar la condena, dado que la denuncia se basaba en una conversación privada sin testigos presenciales. El recurrente solicitaba la aplicación del principio in dubio pro reo.

El Tribunal Supremo recuerda que en el recurso de casación no puede revalorarse la prueba, sino que debe verificarse si:

  • Existen pruebas válidas y legalmente obtenidas.
  • La valoración realizada por el tribunal de instancia fue lógica, coherente y no arbitraria.

En este caso, la sentencia de instancia se fundamentó en:

  • Declaraciones de varios mandos y compañeros de la Guardia Civil, que identificaron una pauta de conducta reiterada en el actuar del acusado.
  • Contradicciones e inconsistencias en las versiones exculpatorias ofrecidas por el recurrente.
  • Elementos de juicio suficientes para acreditar el delito de acusación y denuncia falsa.

La Sala concluye que la prueba de cargo fue legítima, pertinente y adecuadamente valorada, y que la presunción de inocencia quedó desvirtuada de forma razonada.

Fallo del Tribunal Supremo

Confirmación de la condena por denuncia falsa

El Tribunal Supremo, tras rechazar ambos motivos de impugnación, confirma la condena por delito de acusación y denuncia falsa dictada por el Juzgado Togado Militar Territorial. Las costas del proceso se declaran de oficio, conforme a lo previsto para la jurisdicción penal militar.