El BOE publica el Reglamento del Impuesto Complementario
España implementa el nuevo reglamento del Impuesto Complementario
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Reglamento del Impuesto Complementario, una normativa que busca garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud. Este nuevo marco sigue las directrices establecidas por la OCDE y la Unión Europea, en un esfuerzo por evitar la competencia fiscal desleal y reducir la evasión tributaria.
¿A quién afecta esta nueva regulación?
El Impuesto Complementario será de aplicación a aquellos grupos empresariales cuya facturación supere los 750 millones de euros en al menos dos de los últimos cuatro ejercicios fiscales. Se trata de una medida que afecta principalmente a grandes corporaciones con presencia internacional, evitando que puedan trasladar beneficios a jurisdicciones con baja tributación.
No obstante, el reglamento excluye a ciertas entidades que no representan un riesgo de elusión fiscal, entre ellas:
Organizaciones sin ánimo de lucro con actividades exclusivamente auxiliares.
Mutuas de seguros reguladas bajo normativas específicas.
Fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva que ya tributan bajo regímenes especiales.
Cálculo del impuesto: ajustes y reglas fiscales
Para determinar la base imponible del Impuesto Complementario, la normativa establece una serie de ajustes fiscales, entre los que destacan:
Tratamiento de los créditos fiscales, distinguiendo entre aquellos que pueden deducirse en su totalidad y los que están sujetos a limitaciones.
Regulación de impuestos diferidos, con el fin de evitar distorsiones en la base imponible de los contribuyentes.
Corrección de desajustes contables entre distintas jurisdicciones, asegurando una tributación homogénea.
Con estas disposiciones, el reglamento busca evitar que las empresas con estructuras fiscales complejas puedan reducir artificialmente su carga tributaria.
Nuevas obligaciones fiscales para las empresas
Las compañías afectadas por este tributo deberán cumplir con una serie de obligaciones de información que garanticen la transparencia en su aplicación. Entre ellas se encuentran:
Presentación de una declaración informativa específica sobre la aplicación del impuesto.
Declaración y autoliquidación del tributo, en los plazos fijados por la normativa.
Posibilidad de acogerse a un régimen de declaración simplificada en ciertos casos, hasta el 1 de julio de 2030.
Un impuesto alineado con las tendencias globales
El nuevo reglamento es el resultado de un proceso internacional de armonización fiscal, liderado por la OCDE y la UE. Su objetivo es garantizar que las grandes multinacionales tributen en cada país en el que operan, evitando que se beneficien de diferencias en los sistemas fiscales nacionales.
Con esta normativa, España se suma a otros países que han adoptado medidas similares para establecer una tributación mínima global, reduciendo la erosión de bases imponibles y garantizando un sistema fiscal más equitativo.
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