El TSJ de Navarra reconoce subsidio de desempleo a empleadas del hogar

05/03/2025

El TSJ de Navarra amplía el acceso al subsidio de desempleo a empleadas del hogar

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha reconocido el derecho de las empleadas del hogar mayores de 52 años a acceder al subsidio de desempleo, incluso si no han cotizado seis años en un régimen que contemple esta protección.

Esta decisión responde a la situación de desprotección en la que se encontraba este colectivo debido a la normativa vigente, que exigía un mínimo de seis años de cotización efectiva por desempleo. Sin embargo, hasta octubre de 2022, las trabajadoras del hogar no tenían la posibilidad de cotizar para esta contingencia, lo que, en la práctica, las excluía del subsidio hasta el año 2028.

El TSJN considera que esta situación perpetúa una discriminación ya señalada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del 24 de febrero de 2022, en la que se declaró ilegal la exclusión de las empleadas del hogar del sistema de prestaciones por desempleo.

El cambio normativo que no resolvió la exclusión

Tras el fallo del TJUE, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 16/2022, que reconoció el derecho de las trabajadoras del hogar a cotizar por desempleo desde el 1 de octubre de 2022. Sin embargo, esta reforma no incluyó ninguna medida para corregir la desventaja histórica que impedía a estas trabajadoras acumular los seis años de cotización exigidos para acceder al subsidio de mayores de 52 años.

El TSJN argumenta que, para evitar que esta exclusión de facto se mantenga hasta 2028, es necesario computar los períodos trabajados en el Régimen Especial de Empleados de Hogar como tiempo de cotización, aun cuando en esos años no existiera la posibilidad de aportar a la prestación por desempleo.

El caso concreto: una exclusión injustificada

La demandante, de 58 años, presentó su solicitud de subsidio ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en marzo de 2023. En el momento de la solicitud, había cotizado 1.762 días, cuando el mínimo exigido es de 2.160 días.

El SEPE denegó la solicitud basándose en que solo los períodos cotizados a partir de la reforma de 2022 eran computables. Sin embargo, el TSJN ha determinado que esta interpretación vulnera el principio de igualdad de trato en materia de seguridad social establecido en la Directiva 79/7/CEE.

El tribunal subraya que aplicar la norma de manera estricta sin reconocer los períodos previos de trabajo supone una discriminación indirecta, ya que el colectivo de empleadas del hogar está compuesto en su inmensa mayoría por mujeres y esta exclusión afecta únicamente a ellas.

Impacto de la sentencia y próximos pasos

El fallo del TSJN abre la puerta a que otras trabajadoras en la misma situación puedan reclamar el subsidio para mayores de 52 años. Sin embargo, la decisión no es firme, ya que el SEPE puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que determinaría si este criterio se consolida en la jurisprudencia nacional.