El TSJ de Canarias avala un despido por negligencia en una estafa

06/02/2025

El TSJ de Canarias confirma el despido de un trabajador por negligencia en una estafa

El tribunal avala la decisión empresarial

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado procedente el despido disciplinario de un encargado de tienda que transfirió 3.890 euros a estafadores que se hicieron pasar por su superior. La Sala de lo Social considera que el trabajador incurrió en una falta grave al no seguir los protocolos internos de seguridad, lo que permitió la consumación del fraude.

El fallo revoca una sentencia anterior que había declarado el despido improcedente, basándose en que el trabajador fue víctima de un engaño. Sin embargo, el TSJC subraya que su negligencia al no verificar la autenticidad de la solicitud justifica la pérdida de confianza por parte de la empresa.

El engaño y la actuación del trabajador

Los hechos se remontan al momento en que el empleado recibió una llamada de un supuesto responsable de la empresa en Portugal, quien le solicitó realizar un pago urgente para completar la entrega de un pedido. Sin comprobar la veracidad de la solicitud ni consultar con sus superiores, el trabajador activó 85 tarjetas de recarga de Google Play y Amazon y envió los códigos a los estafadores.

Esta actuación generó un perjuicio económico inmediato para la empresa, que al detectar la irregularidad procedió a su despido disciplinario.

Motivación del fallo

El TSJC fundamenta su decisión en la transgresión de la buena fe contractual, recogida en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores como causa de despido disciplinario.

El tribunal recalca que la relación laboral se basa en la confianza y que su quiebra, cuando se produce por una negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones del trabajador, puede justificar su despido. En este caso, la falta de diligencia al desatender los protocolos internos de seguridad y la ausencia de consulta con sus superiores generaron un daño que la empresa no estaba obligada a asumir.

El criterio sobre la pérdida de confianza

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es la confirmación del criterio jurisprudencial que permite el despido disciplinario en casos donde la confianza del empleador se ve irremediablemente dañada.

A pesar de que el fraude fue cometido por terceros, el TSJC considera que el trabajador tenía la responsabilidad de aplicar las medidas de verificación establecidas por la empresa. Su falta de prudencia y la omisión de los controles mínimos exigibles en su puesto son suficientes para justificar la decisión de la empresa.

Conclusión

La resolución del TSJC confirma la importancia del cumplimiento de las normas internas en las relaciones laborales y la obligación de los trabajadores de actuar con diligencia en la gestión de recursos de la empresa. Además, alerta sobre el crecimiento de las estafas telefónicas en el entorno empresarial y la necesidad de reforzar las medidas de seguridad para evitar pérdidas económicas.