El TSXG confirma que la discapacidad exige ajustes razonables en el trabajo
El TSXG reconoce el derecho al teletrabajo por discapacidad
Sentencia de 15 de enero de 2025.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha estimado la solicitud de una profesora funcionaria para teletrabajar debido a una discapacidad, desestimando el recurso interpuesto por la Xunta. La resolución confirma el fallo inicial del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, que concluyó que la administración autonómica incumplió su deber de adaptar el puesto de trabajo a las necesidades de la empleada, quien padece patologías respiratorias que desaconsejan su exposición a agentes infecciosos.
El TSXG subraya que la recomendación médica de adecuar el entorno laboral es vinculante en virtud de las normativas de prevención de riesgos laborales y de igualdad para personas con discapacidad, tanto en el ámbito nacional como en el europeo.
Críticas a la gestión de la Xunta
La Sala de lo Social reprocha a la Xunta no haber analizado la viabilidad del teletrabajo ni haber propuesto alternativas. Según el fallo, la administración “se enrocó” en considerar a la trabajadora como no apta para el desempeño de su puesto docente presencial, eludiendo así su responsabilidad de ofrecer ajustes razonables.
Este tipo de actuaciones, según el tribunal, vulnera no solo la normativa de prevención de riesgos laborales, sino también principios fundamentales de no discriminación por discapacidad establecidos en leyes nacionales, como la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, y tratados internacionales ratificados por España.
Reconocimiento de derechos fundamentales
El TSXG destaca que la negativa de la Xunta afecta al derecho fundamental a la integridad física y moral, protegido por el artículo 15 de la Constitución Española, al no garantizar condiciones laborales que respeten la salud de la demandante. Además, recalca que la incapacidad de la profesora no es absoluta, ya que afecta exclusivamente al desempeño presencial como docente, lo que refuerza la obligación de valorar el teletrabajo como una opción válida.
Implicaciones del fallo y posibles recursos
El fallo, no es firme y permite recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Este caso, además, resalta la creciente importancia del teletrabajo como herramienta de accesibilidad, un debate que cobra fuerza en el contexto postpandemia y en el marco de la legislación laboral vigente.
De confirmarse la sentencia, la Xunta estaría obligada no solo a adaptar las condiciones laborales de la demandante, sino también a revisar sus políticas internas en materia de ajustes razonables para evitar futuros incumplimientos normativos.
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