TSJ de Murcia reconoce 32 semanas de permiso de nacimiento para familias monoparentales

16/01/2025

TSJ de Murcia extiende permiso de nacimiento. Sentencia del día 09 de enero de 2025.

Primera ampliación a 32 semanas para familias monoparentales

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha reconocido, por primera vez, el derecho de una madre de familia monoparental a disfrutar de un permiso de nacimiento y cuidado de menor extendido a 32 semanas. Esta ampliación incluye las 16 semanas adicionales que corresponderían al otro progenitor en familias biparentales.

La base constitucional del fallo

La decisión se apoya en la sentencia 140/2024 del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucionales los artículos 48.4 del Estatuto de los Trabajadores y 177 de la Ley General de la Seguridad Social al no prever la posibilidad de extender el permiso en casos de monoparentalidad. Según el Constitucional, esta omisión normativa genera un trato desigual y discriminatorio hacia los menores de familias monoparentales, vulnerando el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española.

El Constitucional argumentó que las necesidades de atención y cuidado de los menores son las mismas, independientemente del tipo de familia en que nazcan. Al no reconocer este hecho, se perpetúan desventajas que afectan tanto al menor como al progenitor único, algo que el tribunal consideró inaceptable desde un enfoque de razonabilidad y proporcionalidad.

Un cambio de doctrina

La sentencia del TSJ de Murcia modifica la doctrina previa aplicada en estos casos, atendiendo al mandato del Tribunal Constitucional. En su resolución, el tribunal estimó el recurso de suplicación presentado por la trabajadora, revocó la sentencia inicial del Juzgado de lo Social y declaró su derecho a percibir una prestación económica extendida a 32 semanas.

Este cambio subraya la necesidad de que los tribunales adapten sus criterios a las nuevas exigencias de equidad e inclusión establecidas por la jurisprudencia constitucional, protegiendo tanto los derechos laborales como los derechos de los menores.

Aunque contra esta sentencia cabe recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, el fallo tiene el potencial de influir en decisiones futuras en otros tribunales y fomentar un tratamiento más igualitario en el ámbito laboral.

Desde un punto de vista jurídico y social, esta sentencia representa un avance hacia un sistema más inclusivo, que reconoce las particularidades de las familias monoparentales. Además, refuerza la importancia de garantizar la igualdad de oportunidades y de condiciones laborales para todas las trabajadoras, independientemente de su estructura familiar.